AUTODECLARACIÓN DE VERTIMIENTOS

Teniendo en cuenta lo establecido en la Normativa Ambiental vigente, especialmente en el Decreto 2667 de fecha 21 de Diciembre de 2012 “Por el cual se reglamenta la Tasa Retributiva por la utilización directa e indirecta del agua como receptor de los vertimientos puntuales” y con base en lo dispuesto en su Artículo 21, la Corporación Autónoma Regional de Chivor – CORPOCHIVOR, hace un llamado a toda la comunidad de la jurisdicción que vierta sus aguas residuales en los ríos, quebradas, lagos u otra fuente hídrica, a presentar la autodeclaración de sus vertimientos, entre el 1 de enero y el 28 de febrero de cada año y realizar el pago de la tasa.

Para presentar la autodeclaración deben diligenciar el Formulario, con los datos requeridos según la actividad económica que usted desarrolle.

¿CÓMO HACER SU AUTODECLARACIÓN?
1. Caracterice sus vertimientos
2. Solicite el formato de Autodeclaración en el correo:subgestion@corpochivor.gov.co o al teléfono: (8) 7 500 771 ext. 305
3. Diligencie el correspondiente formato, e incluya los soportes de análisis de aguas emitidos por laboratorios acreditados por el IDEAM
4. Radique la documentación en las oficinas de CORPOCHIVOR: carrera 5 No. 10 -125 Garagoa – Boyacá.

Es importante mencionar que la toma de muestras se debe realizar por un laboratorio que se encuentre acreditado por el IDEAM, los cuales pueden ser consultados en la página webwww.ideam.gov.co – link Laboratorios Acreditados, tal como lo dispone el Decreto 1600 de 1994.

Así mismo cabe aclarar que en caso de no presentar la autodeclaración de vertimientos soportada por un Laboratorio Acreditado, el cobro de la tasa retributiva se realizará con base en los factores de carga per cápita establecidos en el Reglamento Técnico de Agua Potable, Saneamiento Básico y Ambiental – RAS, en la información disponible obtenida de muestreos anteriores o en cálculos presuntivos basados en factores o índices de contaminación relacionados con niveles de producción e insumos utilizados.

Para la presentación de cualquier reclamo o aclaración sobre la factura de cobro se hace necesario seguir el respectivo tramite definido en el Artículo 24 – Parágrafo 3 del Decreto 2667 de 2012.

Cualquier inquietud en el diligenciamiento del formulario, se pueden comunicar al número de teléfono 7500 771, extensión 305, con el Proyecto Gestión Integral del Recurso Hídrico.

fecha emision: 

Miércoles, Enero 21, 2015