PLAN DE FERTILIZACIÓN
Descripción del trámite
Es la autorización otorgada a todas las personas naturales, jurídicas, públicas o privadas que desarrollen actividades porcícolas y en cuyos sistemas productivos se realice la aplicación de porcinaza al suelo como fertilizante. Esta, se concede por un periodo de tiempo de cinco (5) años y está sujeta al cumplimiento de lo establecido en el documento, para garantizar la preservación y protección del ambiente.
Normatividad
- Decreto 2811 de 1974
- Ley 99 de 1993
- Resolución 1023 de 2005
- Decreto único reglamentario 1076 de 2015
- Resolución 076 de 2019
- Resolución 711 de 2019
- Resolución 811 de 2020
Requisitos obligatorios
- Contar con permiso de Concesión de aguas para uso pecuario. Cuando en la granja habiten personas de forma permanente o transitoria, adicionalmente deberá contar con permiso de concesión de aguas para uso doméstico.
- Programa de Uso eficiente y Ahorro de Agua – PUEAA para el sector productivo.
Documentación requerida
- Fotocopia de cédula de ciudadanía del solicitante.
- Certificación de uso del suelo expedida por la autoridad competente del predio en donde se lleva a cabo la actividad porcícola y en los predios en donde se llevará a cabo la fertilización, dicha certificación deberá contemplar los usos: permitido, condicionado, restringido y prohibido.
- Certificados actualizados de la Oficina de Registro e Instrumentos Públicos y Privados, sobre la propiedad de los bienes inmuebles en los cuales se encuentra ubicada la Granja o la prueba idónea de la posesión o tenencia.
- En caso de ser persona jurídica, adicionalmente presentar certificado de existencia y representación legal de la empresa, acompañada de la copia del documento de identidad del representante.
- Documento plan de fertilización, acorde con lo establecido en el anexo 26 de la Resolución 076 de marzo de 2019, expedida por CORPOCHIVOR.
- Formato de autoliquidación categoría 2, diligenciando cada uno de los ítems que apliquen al proyecto.
- Constancia de Pago de servicios por evaluación de la solicitud.
- Las demás que la autoridad ambiental estime convenientes.
Formularios, formatos, guía, etc.
- Formato de autoliquidación categoría 2
- Marco técnico para el adecuado manejo de la porcinaza líquida en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Chivor – CORPOCHIVOR (Anexo 26, Resolución 076 de 2019)
[dg attachment_pg=»false» paginate=»true» ids=»217287,217289,267745″]
¿Qué se necesita para realizar el trámite?
- Reunir la documentación requerida
- Radicar la solicitud ante la Corporación
- Realizar el pago de servicio de evaluación
- Presentar información adicional, en caso de requerirse
- Notificarse del auto de inicio del trámite
- Recibir visita técnica (en caso que se requiera)
- Notificarse del acto administrativo que otorga o niega el permiso
Resultado que se obtiene: Plan de fertilización
Tiempo de respuesta: 171 días calendario
Costo: la tarifa de evaluación se liquida según lo establecido en la Resolución 711 de 2019 y Resolución 811 de 2020 emitida por la Corporación Autónoma Regional de Chivor – CORPOCHIVOR.
Medio por dónde se puede hacer el trámite:
Corporación Autónoma Regional de Chivor – CORPOCHIVOR: Carrera 5 No. 10-125. Teléfono: 7500661
Correo electrónico: contactenos@corpochivor.gov.co