Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos
Descripción del trámite:
Es la inscripción realizada por la autoridad ambiental de las personas naturales o jurídicas que desarrollen cualquier tipo de actividad que genere residuos o desechos peligrosos, en una cantidad igual o mayor a 10,0 kg/mes acorde con las categorías establecidas en el Artículo 28 del Decreto 4741 de 2005.
Normatividad:
- Decreto 2811 de 1974
- Decreto 4741 de 2005
- Decreto único reglamentario 1076 de 2015
- Ley 99 de 1993
- Resolución 1362 de 2007
Documentación requerida:
- Carta de solicitud de inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos (Formato Anexo 1, Resolución 1362 de 2007)
- Las demás que la autoridad ambiental estime convenientes, dando alcance a los seguimientos realizados.
Formularios, formatos, guías, etc.:
- Formato de carta para solicitar la inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos (Anexo 1, Resolución 1362 de 2007)
- Información a ser diligenciada en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos (Anexo 2, Resolución 1362 de 2017)
¿Qué se necesita para realizar el trámite?
- Presentar documentación requerida
- Radicar la solicitud ante la Corporación
- Presentar información adicional, en caso de requerirse
Resultado que se obtiene: inscripción en el Registro de Generadores de residuos peligrosos
Tiempo de respuesta: 15 días hábiles
Costo: no se realiza cobro por el trámite
Medio por dónde se puede hacer el trámite:
Corporación autónoma regional de Chivor – CORPOCHIVOR: Carrera 5 No. 10-125. Teléfono: 7500661
Correo electrónico: contactenos@corpochivor.gov.co
Anexo:
Resolución 1362 de 2007
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