Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos

Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos

Descripción del trámite: 

Es la inscripción realizada por la autoridad ambiental de las personas naturales o jurídicas que desarrollen cualquier tipo de actividad que genere residuos o desechos peligrosos, en una cantidad igual o mayor a 10,0 kg/mes acorde con las categorías establecidas en el Artículo 28 del Decreto 4741 de 2005.


Normatividad:

  • Decreto 2811 de 1974
  • Decreto 4741 de 2005
  • Decreto único reglamentario 1076 de 2015
  • Ley 99 de 1993
  • Resolución 1362 de 2007

Documentación requerida:

  • Carta de solicitud de inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos (Formato Anexo 1, Resolución 1362 de 2007)
  • Las demás que la autoridad ambiental estime convenientes, dando alcance a los seguimientos realizados.

Formularios, formatos, guías, etc.:

  • Formato de carta para solicitar la inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos (Anexo 1, Resolución 1362 de 2007)
  • Información a ser diligenciada en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos (Anexo 2, Resolución 1362 de 2017)

¿Qué se necesita para realizar el trámite?

  • Presentar documentación requerida
  • Radicar la solicitud ante la Corporación
  • Presentar información adicional, en caso de requerirse

Resultado que se obtiene: inscripción en el Registro de Generadores de residuos peligrosos

Tiempo de respuesta: 15 días hábiles

Costo: no se realiza cobro por el trámite


Medio por dónde se puede hacer el trámite:

Corporación autónoma regional de Chivor – CORPOCHIVOR: Carrera 5 No. 10-125. Teléfono: 7500661

Correo electrónico: contactenos@corpochivor.gov.co


Anexo: 

Resolución 1362 de 2007

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